Está en puerta férrea Ley Antilavado


Por: Jorge Monroy.
Fuente: El Economista.

El presidente Felipe Calderón tiene listo un plan de inteligencia financiera que propondrá al Congreso, con el que busca convertir a la Secretaría de Hacienda en la tutelar del rastreo de negocios, ingresos, vehículos, casas, joyas y cualquier fuente de ingresos y financiamiento de los grupos del crimen organizado, el narcotráfico y el terrorismo.

La propuesta contiene la mayoría de las 40 recomendaciones que sugirió a México desde el 2008 el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La iniciativa presidencial, de la que El Economista tiene una copia, plantea crear la ley para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, con la que la SHCP tendría facultades incluso para disponer de las fuerzas policiacas cuando lo requiera.

Considera sujetos obligados de proporcionar reportes a la autoridad sobre sus operaciones al grupo gatekeper, integrado por fedatarios públicos, notarios y corredores públicos, y quienes se dedican a la compra-venta de vehículos, casas, joyas, entre otros.

Permitiría que los gobernadores, presidentes municipales y cualquier funcionario o ciudadano pueda reportar a la autoridad actividades económicas sospechosas. Ordena que toda la información recibida sea manejada con alto grado de confidencialidad para evitar poner en peligro a los informantes.

Quedarían prohibidas las transacciones en efectivo igual o mayor a 100,000 pesos (aunque sí podrían realizarse transferencias bancarias) por concepto de la transmisión de bienes inmuebles o constitución de derechos sobre vehículos terrestres o marítimos, nuevos o usados, joyería, metales preciosos y obras de arte; adquisición de boletos para participar en juegos de apuesta o sorteos, y blindaje en vehículos.

“Los reportes que se presenten no podrán ser utilizados como pruebas ni como indicios de la probable comisión de un delito”, precisa el documento.

Se facultaría a la SHCP para interponer denuncias, previas o penales, ante el Ministerio Público, “cuando identifique hechos que puedan constituir delitos”.

De esa forma, la Secretaría de Hacienda, la PGR y la Policía Federal estarían autorizados para analizar y detener aquellas operaciones relacionadas, como los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento al terrorismo, así como solicitar, recibir, conocer y acceder a la información de los sujetos obligados, y para acceder a la información sobre identificaciones oficiales que obre en poder de las autoridades federales, locales y municipales, así como de los órganos constitucionales autónomos.

La Secretaría de Hacienda tendría la facultad para realizar visitas de verificación a las personas o lugares que sean sospechosos de operar con recursos de procedencia ilícita. En el caso de los bancos, las visitas serían por parte de la CNBV, la Consar o el SAT.

“La Secretaría para el ejercicio de las facultades que le confieren la presente ley, podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando las circunstancias así lo requieran. Los mandos de la fuerza deberán proporcionar el auxilio solicitado”, destaca.

El gobierno federal actúa en contra de las bandas delictivas

En su mandato, el presidente Felipe Calderón Hinojosa comenzó una lucha frontal contra el dinero que proviene de actividades ilícitas. Próximamente presentará ante los legisladores reglas más estrictas para tratar de cerrar las puertas al lavado de dinero que se realiza en todo el territorio nacional.

La ruta legislativa:

El Presidente enviaría la iniciativa a la Comisión Permanente antes del 31 de agosto, o bien al Senado o a la Cámara de Diputados después del 1 de septiembre.

La propuesta puede ser canalizada a través de los legisladores panistas, como propuesta de ese partido político.

La iniciativa se analizaría en comisiones, se realizarían adecuaciones, presentada ante el pleno de cada una de las cámaras, la de Diputados y Senadores.

Para recordar

La última medida adoptada en México fue en el 2004 con la creación de la Unidad de Inteligencia Financiera, que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y es parte de una estrategia integral para prevenir y combatir el blanqueo de dinero y el financiamiento al terrorismo.

Los senadores René Arce y Minerva Hernández dicen que la autoridad sólo ha ejercido 25 condenas desde la penalización del lavado de dinero en 1989.

La información más reciente destaca que durante el periodo 2004–2007, la SHCP realizó 149 acusaciones, sólo dos se relacionaron con los informes de inteligencia financiera. En México no existen estimaciones oficiales del lavado de dinero en el sistema financiero, aunque se calcula entre 25,000 y 35,000 millones de dólares anuales.

Medidas de hierro

Queda prohibido realizar operaciones en efectivo mayores a 100,000 pesos en las transmisiones de propiedades o constitución de derechos sobre vehículos.

Se incluye el pago de vehículos aéreos, marítimos o terrestres, joyería, metales preciosos, así como obras de arte.

No se podrán comprar en efectivo piedras preciosas por un valor mayor a 100,000 pesos.

Se pagará con cheque el blindaje de autos y bienes inmuebles, así como la transmisión del dominio o constitución de derechos sobre títulos o acciones de empresas.

Los pagos superiores a 100,000 pesos se tendrán que hacer con cheques, transferencias electrónicas, tarjetas de crédito o de servicios.

Se vigilarán operaciones de renta o venta de bienes o prestación de servicios, aportaciones a fideicomisos, aumentos o reducciones de capital de empresas mayores a 100,000 pesos así como acuerdos tomados fuera de asambleas y cambios de socios o accionistas.

También estarán bajo la lupa los donativos de cualquier especie que reciban por un valor igual o superior a los 100,000 pesos o su equivalente en divisas.

Se reportará a las autoridades la comercialización de tarjetas prepagadas no bancarias y de cheques de viajero; la transmisión de la propiedad, otorgamiento de créditos o préstamos para la compra de metales y piedras preciosas, joyas o relojes.

A quiénes involucra

Personas que realizan sorteos o juegos con apuestas, así como los organismos públicos que los organicen. Aplica en el pago de premios y compra-venta de boletos.

Las personas diversas a las entidades financieras que emitan o comercialicen tarjetas de servicios, crédito o tarjetas prepagadas.

Las personas que realicen operaciones de garantía prendaria, o que otorguen préstamos, así como las casas de empeño.

Los que se dediquen a la promoción y desarrollo de inmuebles o intermediación de la compra-venta y renta de inmuebles.

Las personas que se dediquen a la compra-venta de metales preciosos, piedras preciosas o relojes.

Las personas que se dediquen a la venta o renta de vehículos.

Las personas que hagan servicio de blindaje de vehículos e inmuebles.

Aquellos que se dediquen a la compra-venta o subasta de obras de arte.

Los que se dediquen al traslado y custodia de dinero o valores.

Los profesionales en materias contable, jurídica, fiscal o financiera que presten sus servicios de forma independiente en actividades como el diseño o planeación de proyectos de inversión o ejecución de desarrollos inmobiliarios; auditorías, contabilidades externas o dictaminaciones fiscales, entre otros.

Los fedatarios públicos.

Sanciones y multas

Multa equivalente a 200 y hasta 3,000 días de salario mínimo en el DF a quienes se abstengan de cumplir con los requerimientos de la SHCP e incumplan con las obligaciones.

Se aplicará multa de 3,000 y hasta 15,000 días de salario mínimo a quienes incumplan con las obligaciones de recabar y resguardar información o evitar la destrucción de la documentación que soporte el ejercicio de la ley.

Se aplicará multa de 15,000 y hasta 100,000 días de salario mínimo, o de 10 a 100% del valor de la operación a quienes incumplan con la identificación de los clientes y usuarios.

Se sancionará con prisión de tres a 12 años y con multa de 1,000 a 5,000 días multa conforme al Código Penal Federal, a quien no dé fe pública de operaciones mayores de 100,000 pesos. Cuando el monto sea mayor a 1 millón de pesos, la sanción se duplicará.

Se sancionará con prisión de tres a 12 años y con multa de 1,000 a 5,000 días para el caso de operaciones mayores a 300,000 pesos.

Se sancionará con prisión de cinco a 15 años y multa de 1,000 a 5,000 días a quien dolosamente proporcione información falsa.

Se sancionará con prisión de dos a ocho años y multa de 500 a 2,000 días de multa a servidores públicos que indebidamente utilicen la información; la misma sanción aplica para los sujetos obligados que informen a los involucrados que son objeto de investigación.

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